En Productos Vicky S.A.S. / Comercializadora Latam Vicky S.A.S., estamos comprometidos con la transparencia, ética e integridad que debe permear toda nuestra actividad; adicional a ello, tenemos cero tolerancia con la corrupción. Por eso lo invitamos a denunciar los hechos o actos de corrupción, soborno, conflicto de intereses o incumplimiento del Código de Ética y del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), que conozca.
Es importante que su denuncia nos permita establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en la cual ocurrieron los hechos, así mismo, manifieste si conoce el nombre del colaborador o tercero que cometió la falta y las pruebas que tenga en su poder que nos permitan realizar una efectiva investigación.
¿Qué se entiende por corrupción?
Todo acto, tentativa u omisión deliberada, para obtener un beneficio para sí o para terceros en detrimento de los principios organizacionales, independiente de los efectos financieros. Se presentan bajo dos modalidades:
- Interna: Aceptación de sobornos provenientes de terceros hacia colaboradores para su beneficio personal.
- Corporativa: Aceptación de sobornos hacia funcionarios gubernamentales o terceros.
¿Qué es una denuncia?
Es el relato que una persona realiza, en cumplimiento de su deber de solidaridad y buena fe, para poner en conocimiento del Oficial de Cumplimiento hechos irregulares, con el fin de activar los mecanismos internos de investigación y, cuando corresponda, de reporte a las autoridades competentes.
Definiciones clave
Canales alternos de atención
Si desea ampliar la información o datos de su denuncia, ponemos a su disposición nuestros canales directos:
- Línea telefónica: 317 483 7399
- Correos electrónicos: lineaetica@productoslavictoria.com.co / lineaetica@comercializadoravicky.co
Garantías al denunciante
- Confidencialidad de la identidad del denunciante y de la información suministrada.
- Prohibición expresa de represalias laborales, contractuales o de cualquier otra índole en contra del denunciante de buena fe.
- Investigación oportuna e imparcial a cargo del Oficial de Cumplimiento.
Marco normativo de referencia: Ley 1474 de 2010 (Estatuto Anticorrupción), Ley 1778 de 2016 (Soborno Transnacional), Circular Externa 100-000005 de 2022 y demás normas concordantes de la Superintendencia de Sociedades sobre SAGRILAFT, y Ley 2195 de 2022 sobre Programas de Transparencia y Ética Pública (PTEE) y protección al denunciante.